La presente Reserva y/u Oferta de Compra, sin perjuicio de resultar irrevocable y plenamente vigente en cuanto a las obligaciones que asume el/la oferente/ comprador desde su suscripción, se toma a» Ad Referendum» de la aprobación de la parte vendedora, por lo tanto está condicionada a la aceptación expresa de la misma y recién tendrá carácter definitivo cuando la parte vendedora preste su total conformidad, otorgándole a partir de ese momento a la presente operación el carácter de cumplimiento obligatorio para ambas partes, quedando automáticamente notificado el oferente en este acto, salvo comunicación en contrario. ( Conf Arts 974,978 y Concds. Código Civil y Comercial de La Nación) Si el/la Oferente se retractase de la presente con anterioridad a la aceptación de la vendedora o no concurriese a suscribir el boleto de compraventa en el día fijado, o no abonase los importes consignados en el detalle de esta reserva, la mora en el cumplimiento de sus obligaciones se producirá en forma automática y se considerará rescindida la presente reserva-oferta de compra, facultando a la parte vendedora a disponer libremente del bien. Asimismo, el/la Oferente conforme así lo disponen los artículos 1059 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, perderá la suma entregada en carácter de seña en beneficio de la vendedora, en concepto de indemnización por daños y perjuicios, sin tener nada más que reclamar con motivo de esta operación.